¿Las criptomonedas pagan impuestos en el Perú?
Sí. Las ganancias obtenidas por la venta de criptomonedas (diferencia entre el precio de venta y compra menos comisiones) están sujetas al impuesto a la renta en Perú.
Impuestos cripto
Estima ganancias o pérdidas educativas a partir del activo, cantidad, precio de compra y venta, y comisiones.
Inversión inicial
S/ 5,000.00
Valor de venta
S/ 6,000.00
Ganancia / Pérdida bruta
S/ 1,000.00
Ganancia / Pérdida neta
S/ 950.00
Nota educativa: Este cálculo es una estimación simple: (precio de venta − precio de compra) × cantidad − comisiones. No considera ajustes por inflación, pérdidas fiscales compensables, ni reglas específicas de la SUNAT sobre criptoactivos. Consulta con un contador o asesor tributario antes de declarar.
Esta herramienta no reemplaza la revisión de un contador ni la interpretación oficial de SUNAT.
Impuestos en Perú
La legislación tributaria en el Perú no tiene un marco regulatorio exclusivo para activos digitales, pero SUNAT aplica principios generales del impuesto a la renta. Para personas naturales sin actividad empresarial, la ganancia de capital obtenida por la enajenación de criptomonedas suele encuadrarse en la Segunda Categoría, aplicando una tasa de 5% sobre la ganancia neta.
Si realizas transacciones de compra y venta con alta frecuencia, SUNAT podría calificar tus operaciones bajo el criterio de habitualidad, lo cual obligaría a tributar como Rentas de Tercera Categoría (empresariales) con tasas que oscilan entre el 10% y el 29.5% según el régimen tributario aplicable.
Preguntas frecuentes
Sí. Las ganancias obtenidas por la venta de criptomonedas (diferencia entre el precio de venta y compra menos comisiones) están sujetas al impuesto a la renta en Perú.
Generalmente se consideran Rentas de Segunda Categoría (ganancias de capital) con una tasa efectiva del 5% sobre la ganancia neta. Si existe habitualidad o se opera como empresa, tributa como tercera categoría.
Se calcula restando el costo computable (precio de compra original) y las comisiones de transacción al valor de venta final. Si el resultado es positivo, se aplica la tasa de impuesto correspondiente.
Aviso de limitación de responsabilidad: Esta calculadora y la información provista son de carácter estrictamente educativo y referencial. No reemplazan la asesoría contable, legal ni tributaria de un profesional calificado. Confirma siempre tus obligaciones tributarias directamente con SUNAT o un asesor fiscal de confianza.